Taxistas, Ubers y choferes del transporte público en la Ciudad de México que cometan el delito de privación de la libertad para realizar un acto sexual, podrían recibir una pena de hasta 11 de cárcel.



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La Gaceta Oficial de la CDMX dio a conocer que a partir de este 7 de febrero de 2020 se modifica el Código Penal capitalino y se impondrá de cuatro a siete años de prisión a quién “prive de su libertad, con el propósito de realizar un acto sexual”.



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No obstante, la pena aumentará en una mitad "cuando el delito ocurra en vehículos destinados al transporte público o en aquellos de transporte privado, solicitados a través de plataformas tecnológicas".



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