El

Senado de la República

emitió la declaratoria de constitucionalidad para la conformación de la

Guardia Nacional

.



Este mismo día, en

la Cámara de Diputados también se aprobó.



El mencionado proyecto del cuerpo de seguridad nacional pasa al Ejecutivo federal para su promulgación y posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación (

DOF

).









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Tras la aprobación en ambas cámaras, se deberán expedir las leyes secundarias de la nueva institución, entre ellas la de la propia

Guardia Nacional

, en un plazo de 60 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto.



Asimismo, deberá emitir, en un plazo de 90 días naturales desde que entre en vigor el decreto publicado en el

DOF,

las normatividades secundarias que reglamenten el uso de la fuerza y sobre el registro de detenciones.



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