Los responsables directos o terceros involucrados en agresiones con sustancias químicas, corrosivas o ácidos contra mujeres, recibirán condenas de hasta 21 años de prisión.

El Pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad esta medida para reformar al artículo 85 y adicionar un artículo 297 Bis al Código Penal Federal, que busca enmendar la laguna legal en este tipo de ataques frecuentes en el país y que incluso, han derivado en la muerte de las víctimas.


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La reforma establece una pena de siete a trece años de cárcel y multa de trescientas a setecientas veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien por sí o por interpósita persona, cause a otras lesiones, por el uso de cualquier tipo de agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable, álcalis, ácidos y sustancias similares, incluyendo las que necesiten de otro agente para reaccionar.

Ello provocando en una mujer un daño o enfermedad incurable; la inutilización completa o la pérdida de una extremidad u órgano; cuando quede perjudicada cualquier función orgánica o se genere alguna discapacidad o deformidad incorregible en la piel.


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El castigo aumentará hasta 21 años de privación de la libertad, en caso de la existencia presente o anterior de una relación entre el agresor y la víctima, ya sea de parentesco, sentimental, afectiva, laboral o de confianza.

Si el personal detecta una agresión de este tipo, tendrá la obligación de notificar al Ministerio Público (MP) todos los casos de lesiones provocadas por agentes químicos que reciban para atención médica.

Al interior del MP, deben garantizar la reparación del daño integral, adecuada, eficaz, efectiva y proporcional a la gravedad del daño.

La iniciativa se turnó a la Cámara de Diputados.

 

ARM

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