Después de que se viralizara el

video

de una

madre golpeando a su hijo adolescente

con un cable en

Durango

, porque le dijo 'gorda', queda la duda en el aire

¿qué sucede con los padres que castigan violentamente a sus hijos?



La

legislación

varía de

entidad a entidad

, pero es en realidad en pocos estados en los que los

castigos corporales se persiguen y sancionan.



Dos de los estados en los que sí se impone una pena en caso de lastimar a un menor de edad es la

Ciudad de México y Durango.



Zacatecas

y

Chiapas

prohiben

el

castigo corporal

en contra de los consanguíneos en sus leyes, mientras que en la

CDMX

y

Durango

se hace en el

Código Penal.



Leer más: [VIDEO] Con un cable, madre da golpiza a su hijo



En

14 entidades se exculpa a los padres que lastiman a sus hijos

con razones como 'estar invadido por una emoción violenta', porque 'no se hizo con dolo' o porque 'se ejerció el derecho a corregirlo.



Desde 1990 México se comprometió, tras la firma de la

Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño

, a armonizar sus leyes con este documento.



Aunque la

Ley General de los Derechos de los Niños

obliga a abtenerse de cualquier atentado a la integridad física de un menor de edad, varios

códigos y leyes civiles siguen solapando dicho delito.


¿Cómo se castiga la violencia física en contra de menores de edad en la Ciudad de México?


En el

artículo 200

del

Código Penal para el Distrito Federal

se establecen los parámetros para considerar que se trata de un caso de

violencia familiar.



Según este apartado se establece que a quien por acción u omisión, ejerza cualquier tipo de

violencia física

, psicoemocional, sexual, económica, patrimonial o contra los derechos reproductivos, que ocurra o haya ocurrido

dentro o fuera del domicilio

o lugar que habite en contra de un '

pariente consanguíneo en línea recta ascendente o descendente

, sin límite de grado', como podría considerarse a un hijo, será acreedor a una sanción.



El castigo por ejercer

violencia

familiar es de

uno a seis años de prisión

, además de la pérdida de derechos que tenga respecto a la víctima.



En los derechos se contempla la

pérdida de la patria potestad y/o tutela.



También se prevé ofrecer

protección a la víctima y someter a tratamiento especializado a quien ejerció la violencia

contra sus hijos u otros familiares.



En dicho artículo también se aclara que

no se justificará

en ningún caso "como

tratamiento médico o rehabilitación

la

violencia

hacia cualquier persona con algún trastorno mental,

ni como forma de educación o formación hacia los menores".



En el

Artículo 201

de éste código se

define

como

violencia física

, para hacer válidas las penas descritas en el artículo 200.



La

violencia

física es descrita cómo "todo acto intencional en el que se utilice alguna parte del cuerpo, algún objeto, arma o sustancia para sujetar, inmovilizar o causar daño a la integridad física del otro.


Y en Durango...


En el caso de la mujer que golpeó a su hijo con un cable en

Durango

, y cuya pareja la denunció, las leyes al respecto prevén

castigo similar al de la CDMX.



El C

ódigo Penal del estado de Durango

posee un apartado de

violencia familiar

en los

capítulos 300 y 301 del Capítulo II

, en el que se describe el delito.



Durango

impone al padre o madre que golpea a su hijo una

pena de uno a cinco años de prisión

, una

multa

de 36 a 280 veces la Unidad de Medida y Actualización, entre otras sanciones.



También, al igual que en la CDMX,

perderá sus derechos sobre la víctima

, además de

cortarse de tajo la comunicación

con ésta.



También se le someterá a

tratamiento especializado psicológico o psiquiátrico.



El

Código Penal de Durango

especifica que la

educación o formación de un menor de edad no será un justificante para que éste reciba maltrato

por parte de sus padres o tutores.



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EGM