Después de que se viralizara el
video
de una
madre golpeando a su hijo adolescente
con un cable en
Durango
, porque le dijo 'gorda', queda la duda en el aire
¿qué sucede con los padres que castigan violentamente a sus hijos?
La
legislación
varía de
entidad a entidad
, pero es en realidad en pocos estados en los que los
castigos corporales se persiguen y sancionan.
Dos de los estados en los que sí se impone una pena en caso de lastimar a un menor de edad es la
Ciudad de México y Durango.
Zacatecas
y
Chiapas
prohiben
el
castigo corporal
en contra de los consanguíneos en sus leyes, mientras que en la
CDMX
y
Durango
se hace en el
Código Penal.
Leer más: [VIDEO] Con un cable, madre da golpiza a su hijo
En
14 entidades se exculpa a los padres que lastiman a sus hijos
con razones como 'estar invadido por una emoción violenta', porque 'no se hizo con dolo' o porque 'se ejerció el derecho a corregirlo.
Desde 1990 México se comprometió, tras la firma de la
Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño
, a armonizar sus leyes con este documento.
Aunque la
Ley General de los Derechos de los Niños
obliga a abtenerse de cualquier atentado a la integridad física de un menor de edad, varios
códigos y leyes civiles siguen solapando dicho delito.
¿Cómo se castiga la violencia física en contra de menores de edad en la Ciudad de México?
En el
artículo 200
del
Código Penal para el Distrito Federal
se establecen los parámetros para considerar que se trata de un caso de
violencia familiar.
Según este apartado se establece que a quien por acción u omisión, ejerza cualquier tipo de
violencia física
, psicoemocional, sexual, económica, patrimonial o contra los derechos reproductivos, que ocurra o haya ocurrido
dentro o fuera del domicilio
o lugar que habite en contra de un '
pariente consanguíneo en línea recta ascendente o descendente
, sin límite de grado', como podría considerarse a un hijo, será acreedor a una sanción.
El castigo por ejercer
violencia
familiar es de
uno a seis años de prisión
, además de la pérdida de derechos que tenga respecto a la víctima.
En los derechos se contempla la
pérdida de la patria potestad y/o tutela.
También se prevé ofrecer
protección a la víctima y someter a tratamiento especializado a quien ejerció la violencia
contra sus hijos u otros familiares.
En dicho artículo también se aclara que
no se justificará
en ningún caso "como
tratamiento médico o rehabilitación
la
violencia
hacia cualquier persona con algún trastorno mental,
ni como forma de educación o formación hacia los menores".
En el
Artículo 201
de éste código se
define
como
violencia física
, para hacer válidas las penas descritas en el artículo 200.
La
violencia
física es descrita cómo "todo acto intencional en el que se utilice alguna parte del cuerpo, algún objeto, arma o sustancia para sujetar, inmovilizar o causar daño a la integridad física del otro.
Y en Durango...
En el caso de la mujer que golpeó a su hijo con un cable en
Durango
, y cuya pareja la denunció, las leyes al respecto prevén
castigo similar al de la CDMX.
El C
ódigo Penal del estado de Durango
posee un apartado de
violencia familiar
en los
capítulos 300 y 301 del Capítulo II
, en el que se describe el delito.
Durango
impone al padre o madre que golpea a su hijo una
pena de uno a cinco años de prisión
, una
multa
de 36 a 280 veces la Unidad de Medida y Actualización, entre otras sanciones.
También, al igual que en la CDMX,
perderá sus derechos sobre la víctima
, además de
cortarse de tajo la comunicación
con ésta.
También se le someterá a
tratamiento especializado psicológico o psiquiátrico.
El
Código Penal de Durango
especifica que la
educación o formación de un menor de edad no será un justificante para que éste reciba maltrato
por parte de sus padres o tutores.
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EGM