Los pequeños
productores
del
campo
mexicano que cultiven maíz, frijol, trigo, arroz u otro tipo de grano, podrán acceder a apoyos de ocho mil a 20 mil pesos por cada
ciclo agrícola,
según el
Programa Producción para el Bienestar
que el gobierno federal pondrá en marcha a partir de este año.
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De acuerdo con los
Lineamientos de Producción
del programa, publicados hoy en el
Diario Oficial de la Federación
(DOF), el esquema contempla dos tipos de apoyo: el
Pequeño Productor
que considera a los
campesinos
dueños de hasta cinco hectáreas (unos 50 mil metros cuadrados de campo), quienes podrán acceder a mil 600 pesos por hectárea, es decir, un máximo de 8 mil pesos.
El plan también contempla al
Mediano Productor,
dueño de una extensión de cinco a 20 hectáreas y quienes podrán obtener mil pesos por cada una de ellas, lo que equivale a acceder a un máximo de 20 mil pesos por cada
ciclo agrícola.
El objetivo del
programa,
se especifica, consiste en “incrementar la producción nacional de granos para contribuir al incrementar del (sic) grado de autosuficiencia alimentaria nacional”.
Los lineamientos establecen que algunos
productores
podrán recibir incentivos superiores a los correspondientes a 20 hectáreas siempre y cuando “el excedente sea por albaceazgo, tutela, patria potestad o cualquier otra figura de representación legal”.
El documento no establece el número de incentivos que serán entregados, pero sí especifica que “estarán sujetos a disponibilidad presupuestal”.
El registro al
programa
y los incentivos serán entregados a través de las Unidades Responsables que serán designadas por la
Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural
(SADER).
Los lineamientos contemplan además al menos 10 documentos que servirán a los productores para acreditar el uso de los incentivos, entre ellos: facturas, tickets, recibos de compra, cartas bajo protesta de decir verdad, contratos de arrendamiento de maquinaria o documentos que acrediten la contratación de jornales o sueldos.
También se especifica que los incentivos no podrán ser usados para la compra de tierras, de equipo o maquinaria usada o de cualquier tipo de vehículo; tampoco permite acreditar los apoyos con gastos de edificación de uso habitacional, compra de remolques para uso distintos a las labores
agrícolas
o la adquisición de tractores que no cuenten con una certificación específica.
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